D. Manuel Palomo Villarroya.

 





D. Manuel Palomo Villarroya. Profesor Veterinario. Vicepresidente del Colegio de Veterinarios. Hombre justo y honesto. Caballero ejemplar y de recia personalidad que desempeñó la Alcaldía además de otros cargos públicos y municipales, ejerciendo una meritísima labor especialmente abnegada, durante la epidemia de cólera de 1.890.

 

Vida y Familia

Nació el 13 de Agosto de 1.851. Falleció en l´Alcora el 27 de Septiembre de 1.923(73a). Contrajo matrimonio con Dª Vicenta Pallarés Paús, hermana del gran médico y alcalde de la villa, D. Pedro Juan Pallarés Paús. Tuvieron tres hijos:

1.- Ángeles (1.884/1.967).- Soltera. Músico pianista. Profesora de música del Colegio la Consolación. Señorita de compañía y ama de llaves de la familia Marco.

2.-  Manuel Palomo Pallarés (1.887/1.953). Casado en dos ocasiones siendo ambas esposas hermanas, Aurelia y Piedad Tena. Médico titular de Villafranca del Cid, con un magnifico y espléndido historial en aquella localidad.

3.- Guillermo (1.894/1.972).- Casado con María Peña. Funcionario administrativo del Ilmo. Ayuntamiento.[1]


FUNDACIÓN EN ALCORA DE LA ADORACIÓN NOCTURNA

La Adoración Nocturna de Alcora, fue fundada el 11 de Mayo de 1.886 bajo la advocación de San Francisco de Asís. Su primer director espiritual fue el Cura Regente D. Vicente Gimeno Gozalbo. El primer presidente, fue el extraordinario hombre digno de los mejores elogios, D. Manuel Palomo Villarroya, veterinario, que dimitiría prontamente del cargo al pasar a ocupar en 1.887, la alcaldía de L´Alcora.[2]

PALOMO, LOGRA LA ALCALDÍA

En 1.887, hubo una votación entre dos pretendientes a la alcaldía de l´Alcora. D. Manuel Palomo Villarroya, veterinario, que obtuvo 11 votos, y Pelegrín Fortina Casañ, agrimensor, que obtuvo 1.

Durante la alcaldía y por concurso público, entró de secretario D. Vicente Masó Garcés.[3]

COSAS INTERESANTES DE SU ALCALDÍA 1.887-1.891:

El 15 de julio de 1.887, Sesión Ordinaria, en su punto 3: Que se interese al dueño del molino “Palomet”, que exhiba los documentos que determinan los derechos que tiene sobre la acequia de la villa, para acordar en su vista el reparo de la misma.

Programa de fiestas de aquel año. - Sesión Ordinaria del 9 de Agosto-

          1.- Que se celebre una Misa cantada con sermón y procesión al Calvario en Honor del Santísimo Cristo.

            2.- Que se celebre un funeral general con sermón y procesión al cementerio, en sufragio de las almas de los difuntos, y que de la predicación de dichos sermones se encarguen D. Vicente Gimeno y D. Hermenegildo Montaner, por los cuales se les entregará una limosna de 70 pesetas.

          3.- Que se gasten 150 pesetas en fuegos artificiales, encargando de ellos al pirotécnico, José Badenes, de Benifayó de les Valls, y que toque dos días un dulzainero.

- Sesión Ordinaria del día 21: 1.- Que se celebren 2 corridas de vaquillas en los días de las fiestas.

- Sesión Ordinaria del día 26: 1.- Que se invite al Sr. D. Joaquín María de Cincúnegui Marco, por si quiere asistir a los actos de representación del Ayuntamiento en las fiestas.

- Sesión Ordinaria del día 16 de Setiembre: Que se consigne en el presupuesto del vigente año o en el adicional del corriente, cantidad para cubrir toda o parte de la deuda del censo de Don Joaquín Marco.

- Sesión Ordinaria del día 23: Que se arregle la palanca sobre el río, llamada de la Font Nova.

 

1.887.- Entre finales del presente año y principios de 1.888, se sufrió un fuerte ataque de Viruela que produjo muchos enfermos y fallecidos.

 

SOBRE LA COMUNIDAD DE REGANTES

1.888.- 28 de Febrero (Dipcas)[4]. Constitución de Comunidad de Regantes.

Vista la copia certificada del acuerdo del Ayuntamiento de Alcora, que el Señor Gobernador Civil remite a informe de esta Comisión, por el que se pide autorización para constituir una comunidad de regantes que administre las aguas públicas que discurren por el barranco de San Juan o Río de Lucena:

>>Resultando que las aguas del referido río que vienen aprovechándose en el pueblo de Alcora desde tiempo inmemorial para el abastecimiento del vecindario y el riego de la huerta titulada “Mayor o de la Villa”, se utilizan también para el riego de las huertas denominadas: Regatell tendre, Regatell sec, Baró, Tote y Ribasal y los secanos situados en las partidas de uno y otro lado del camino de Castellón, desde la huerta Mayor hasta la Rambla de la Viuda, que por su nivel pueden recibir el agua.

>>Resultando que según manifiesta el Ayuntamiento en su acuerdo, son más de doscientas las hectáreas regables con dichas aguas, así como más de veinte los regantes, pero que la eventualidad del riego respecto de las tierras no comprendidas en la huerta Mayor pudiera justificar la duda de si dicho aprovechamiento se halla comprendido en el caso 1º del artículo 228 de la ley de aguas, toda vez que en la citada huerta Mayor no existen las doscientas hectáreas.

>>Visto el artículo 228 de la ley de aguas de trece de Junio de mil ochocientos setenta y nueve, hoy vigente, que dice literalmente lo siguiente: “En los aprovechamientos colectivos de aguas públicas para riegos se informará necesariamente una comunidad de regantes, sujeta al régimen de sus ordenanzas = 1º Cuando el número de aquellos llegue a 20 y no baje de 200 el de hectáreas regables. = 2º Cuando a juicio del Gobernador de la provincia lo exigiesen los intereses locales de la agricultura. = Fuera de estos casos quedará a voluntad de la mayoría de los regantes la formación de la Comunidad, y

>>Considerando que por más que no existen las doscientas hectáreas de tierra regable en la huerta denominada “Mayor o de la Villa”, por las demás partidas que se riegan y pueden regarse de dichas aguas hace presumir que pasan, y por tanto se encuentra comprendido dicho aprovechamiento en el artículo de la ley de aguas antes citado.

>>Considerando que es muy conveniente para los intereses locales de la agricultura la formación de las Comunidades de regantes, por cuanto los riegos de las tierras exigen una administración más prolija y asidua que la que pueden dedicar los Ayuntamientos encargados de administrar y atender a todos los demás asuntos municipales.

La Comisión, acuerda informar al Señor Gobernador, que no ve inconveniente en que se autorice al pueblo de Alcora, con el fin de que forme para el aprovechamiento de que se trata, una comunidad de regantes sujeta al régimen de sus ordenanzas, por estar comprendido el aprovechamiento de que queda hecho mérito, en el caso 2º del artículo 228 de la ley de aguas vigente, caso de no considerarse que se encuentra en el párrafo 1º de dicho artículo.

 1.888.- BOP nº 117. Página nº 4.

- El Alcalde de Alcora, Manuel Palomo, invita a todos los regantes del Barranco de San Juan o río de Lucena, para una Junta General, para constituir una comunidad de regantes, en el edificio conocido como el Convento, situado en la calle de San Francisco, con el fin de acordar las bases a que hayan de ajustarse las ordenanzas y reglamentos para el régimen de la comunidad de referencia, y nombrar una comisión que formule los proyectos, de dichos reglamentos y ordenanzas.

Se encarga a los Sres. Alcaldes de Adzaneta, Ayódar, Borriol, Castellón, Cabanes, Figueroles, Lucena, Onda, Ribesalbes, Useras y Villafamés, lo hagan público para que llegue a conocimiento de todos los interesados.

Alcora, 24 de Marzo de 1.888. Manuel Palomo.

 

 LLEGAN LAS HERMANAS DE LA CONSOLACIÓN

El 26 de Marzo de 1.888, tenía Alcora 1.753 edificios y 3.827 habitantes. Llegan las Religiosas de la Consolación, para hacerse cargo del Hospital sito en el antiguo Convento de Franciscanos expropiado por Mendizábal. También ejercieron docencia “costura” en el edificio nº 1 de la calle Tejedores.[5]

 

Convento, tal cual. Foto libre de arbolado y personas, elaborada por Filiberto Bachero.

 DESCUBRIMIENTO ARQUEOLÓGICO

1.888. En Alcora provincia de Castellón, al hacer un desmonte para hacer una carretera, han aparecido muchas sepulturas que se creen moriscas. Se han recogido entre los cadáveres, collares, alhajas y una inscripción. De Barcelona ha salido una comisión presidida por D. Víctor Balaguer, con objeto de recoger y llevarse a Villanueva y la Geltrú, los objetos que se crean dignos de figurar en aquel rico museo.

 1.889.- Separación definitiva del término municipal de Costur.

 1.890.- GUÍA COMERCIAL. Sobre nuestra Villa.

Productos: Vino, algarrobas, trigo, alfalfa, cáñamo, aceite, alubias, maíz, patatas, naranjas, frutas, hortalizas y ricos melocotones mollares.

Fábrica: Loza blanca y alfarería, con máquina o motor de agua y vapor propia de D. Ramón Girona Mató (300 operarios).

Feria 10 de octubre, tres días.

Camino: Carretera del Estado, excepto un pequeño trozo en construcción.

Viaje: Hay dos empresas de diligencias cuyos coches salen de la posada de la Estrella de Castellón, a las 8 de la mañana y dos de la tarde, llegando a Alcora a las 12 de la mañana y seis tarde respectivamente. Uno de los coches pernocta en Alcora y el otro sigue hasta Lucena. El que pernocta en Alcora sale a las seis de la mañana hora que llega el de Lucena. Ambos entran en Castellón a las 10 de la mañana.

Minas de Plomo.

Alcalde: Manuel Palomo

Juez Municipal: Ramón Mª Domínguez

Cura Párroco: Ramón Olesa. Regente: Hermenegildo Muntaner. Vicario Perpetuo, Francisco Paús. Coadjutor, Estanislao Tomás.

Maestros: Gaspar Vicente Fortea, Pascual Franch y Carmen Martí.

Notario: Carlos Maseres.

 

AYUDA ECONÓMICA PARA ATENDER NECESIDADES DEL CÓLERA

1.890.- 12 de Septiembre (Dipcas). En vista de la aflictiva situación porque atraviesa la Villa de Alcora a consecuencia de haberse desarrollado en ella la epidemia colérica, y con el fin de que con toda urgencia se pueda atender a la práctica de las disposiciones sanitarias que se crean necesarias para la extinción de dicha epidemia; la Comisión acuerda se entregue al señor Alcalde de la expresada Villa la cantidad de quinientas pesetas que se satisfarán por medio del oportuno libramiento y con cargo al capítulo de imprevistos del presupuesto provincial vigente, por no haber en dicho presupuesto consignación para calamidades públicas. Con fecha 26-9-1890 (Dipcas), se le entregan a l´Alcora otras 500 pesetas por el mismo concepto.

1.890.- 11 de Noviembre. Juicio oral ruidosísimo en la Audiencia de lo criminal. Querella de D. Miguel Morayta (la Masonería), contra D. Wenceslao Balaguer Queralt[6].

        

Muy interesante.

 

 II  AÑO DE CELEBRACIÓN EN ESPAÑA DEL 1º DE MAYO

1.891. 1 Mayo.- Considerado día de manifestaciones y huelgas, en Castellón no pasó de distribuirse una circular que hacía referencia a la clásica y un tanto utópica  forma de distribuir el día: Ocho horas de trabajo, ocho horas de instrucción y recreo, y ocho horas de descanso.

PORTAL DE MATENA O MATEUA (Problema sanitario).

1.891.- 16 de Diciembre (Dipcas). Visto el expediente que el Señor Gobernador Civil pasó a informe de esta Comisión, instruido por la Alcaldía de Alcora, interesando autorización para proceder al derribo de un muro de obra de mampostería existente en el punto denominado “Portal de la Matena”; y

>>Resultando que el Ayuntamiento de Alcora en sesión de seis de Septiembre último, en vista de que en la obra de fábrica que existe en la parte inferior del portal de la Matena, cuya obra se hizo en la última guerra civil, hay un rincón oscuro donde se depositan con exceso inmundicias de putrefacción que producen un continuo foco de infección que perjudica en mucho a la salud pública, acordó pasar a informe de la Junta de Sanidad, por si procedía el derribo del citado muro:

>>Resultando que en la sesión celebrada por el Ayuntamiento en 27 de Septiembre, en vista del informe emitido por la Junta de Sanidad aconsejando la demolición del muro existente en el Portal de la Matena, ya para extinguir el foco constante de infección, así como porque sirve de un obstáculo para la ventilación y renovación de aire de la población, acordó solicitar del Señor Gobernador de la provincia la correspondiente autorización:

>>Considerando que el asunto de que se trata se refiere a policía urbana, siendo por lo tanto de la exclusiva competencia del Ayuntamiento con arreglo a lo dispuesto en el artículo 72 de la vigente ley municipal; no necesitando por lo mismo autorización del Señor Gobernador para el derribo del citado muro existente en el “Portal de la Matena”:

>>Considerando que el referido muro se hizo para la fortificación de la última guerra civil, y por consiguiente, caso de necesitarse autorización para el derribo, ha de solicitarse del ramo de guerra:

La Comisión acuerda informar al Señor Gobernador, que procede manifestar al Alcalde de Alcora, que el derribo del muro o pared del Portal de la Matena no necesita autorización de su autoridad, por ser el asunto referente a policía urbana de la exclusiva competencia del Ayuntamiento; y caso de necesitarse autorización, como se refiere a obras de fortificación hechas en la última guerra civil, ha de solicitarse del ramo de guerra.

             

                                                                  Portal de Verdera o Na Matena

 PALOMO, PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD DE LABRADORES

D. Manuel Palomo Villarroya, Presidente de la Comunidad de Labradores de la Villa de Alcora. CERTIFICO: Que en la Junta General Extraordinaria de la Comunidad, celebrada el 5 de agosto de 1.906, se aprobó el proyecto de Ordenanzas para el régimen de dicha Comunidad de Labradores, quedando redactadas en los siguientes términos. El título de cabecera dice: “Proyecto de Ordenanzas de la COMUNIDAD DE LABRADORES y su Sindicato de Policía Rural”. Artículo primero. La Comunidad de labradores de Alcora constituida con arreglo a la Ley de 8 de Julio de 1.898 y el Reglamento de 23 de Febrero de 1.906 en virtud de la autorización concedida por R.O. de 7 de Julio de 1.899, etc. etc.

         


APROBACIÓN. Aprobado el presente proyecto de Ordenanzas por la Comisión organizadora en la sesión celebrada en el día de hoy. Alcora 20 de Julio de 1.906. Manuel Palomo - Cristóbal Mezquita - Carlos Sanchis-Cristóbal Badenes - Vicente Monfort - Manuel Latorre - José Mascarós - Secretario-Rubricados.     

Foto de V. Bosch i Paús. Casa de D. Manuel Palomo Villarroya/ calle Molineros.

 

L´ALCORA LE DEDICA UNA CALLE

L´Alcora expresa su agradecimiento a tal ilustre persona dedicándole una de sus vías públicas. En la Sesión Extraordinaria celebrada el 10 de Octubre de 1.960, alcaldía de D. Fco. Luis Grangel Mascaros, se rotulan nuevas calles  en la Zona Barceloneta Alta. La nº 10 se le asigna a D. Manuel Palomo Villarroya.

La calle en cuestión, une la calle D. Joaquín Nos Mora con Barceloneta Alta, ya en la parte alta de ambas.  Con un recorrido corto, en horizontal y llana, esta calle tiene a su vez hasta tres arranques de otras tantas vías que parten desde su lado izquierdo y suben hasta encontrar la calle Enrique Grangel: Goya, Velázquez y Ramón y Cajal.

 

 

 

 

 



[1] Quienes recuerdan a Guillermo Palomo, destacan su estancia detrás del mostrador de la oficina municipal como amanuense. Allí vestía correctamente como antaño lo hacían estos funcionarios, con su  babero y manguitos. 

[2] Pequeño cuadernillo programático con breve historia, distribuido al efecto por la Adoración Nocturna de Alcora.

[3] También fue secretario del Consejo Rector de Caja Rural. Músico-compositor.

[4] Dipcas. Diputación Provincial de Castellón.

B.O.P. Boletín Oficial de la Provincia.

[5] Posteriormente, en 1.925, en este mismo edificio abriría su oficina la recién constituida Caja Rural (Sindicato Caja de Crédito Agrícola de San José). En la actualidad y tras su derribo, el solar entraría a formar parte de la nueva superficie necesaria donde se construyó la flamante ampliación del Museo de Cerámica.

[6] Fue párroco de l´Alcora y fundó la Huerta Mayor y el Sindicato de Riegos, del que fue su primer Presidente en 1907, año que ordena la construcción del pozo del azud del río.

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